En algún artículo leí "Si esto continúa en cada rincón del mundo (hablando del interés personal y político; que el bien común se sustituya por el interés de inversión privada y fragmentación de la seguridad social por condiciones de índole político), en pocos años sólo algunos individuos tendrán derecho a vivir: quienes puedan pagar su existencia en esta vida terrenal."* (uff, que fuerte¡¡)
¿El por qué mi interés en este tema?
Porque considero que una colectividad informada, solidaria y participativa puede ser capaz de organizarse a fin de constituir una fuerza que defienda y reclame sus intereses, derechos y necesidades colectivas, exigiendo el control del Estado contra actos excesivos, arbitrarios y de aquellos que pretendan un desarrollo individual al colectivo.
Aunado a lo anterior, la seguridad social tiene una profunda
repercusión en todos los sectores de la sociedad y garantiza que los trabajadores y sus familias tengan
acceso a la asistencia médica y cuenten con
protección contra la pérdida de ingresos, sea
durante cortos períodos en caso de desempleo,
maternidad o enfermedad, sea durante períodos
largos debido a la invalidez o a un accidente del
trabajo. Proporciona ingresos a las personas
durante sus años de vejez. Para los empleadores y las empresas,
la seguridad social ayuda a mantener unas
relaciones laborales estables y una fuerza de
trabajo productiva. La seguridad social puede
también contribuir a la cohesión social y al
crecimiento y desarrollo general del país mediante
la mejora de las condiciones de vida,
amortiguando los efectos de las transformaciones
estructurales y tecnológicas en las personas y, por
tanto, sentando las bases para un enfoque más
positivo sobre la globalización.
De acuerdo a informes de la Organización Internacional del Trabajo, sólo el 20 por ciento de la población mundial tiene
una cobertura adecuada en materia de seguridad
social mientras que más de la mitad no dispone de
ninguna forma de protección social. Aquellos que
no están cubiertos tienden a formar parte de la
economía informal, por lo general, no están
protegidos en su vejez por la seguridad social y no
están en condiciones de pagar sus gastos de salud.
Además, muchas personas tienen una cobertura
insuficiente, esto es, puede que carezcan de
elementos significativos de protección (como la
asistencia médica o las pensiones) o que la
protección que reciben sea escasa o presente una
tendencia a la baja.**
Esas situaciones se presentan no obstante que la seguridad social ha sido considerada como un derecho humano (la Declaración de
Filadelfia de la OIT (1944); Declaración Universal de los
Derechos Humanos, 1948, y en el Pacto
Internacional sobre Derechos Económicos,
Sociales y Culturales, 1966), que a son aquellos que el hombre posee por el mero hecho de serlo. Son inherentes a la persona y se proclaman sagrados, inalienables, imprescriptibles, fuera del alcance de cualquier poder político.
Miguel Carbonell Sánchez, en su libro titulado "Los derechos fundamentales y su interpretación" páginas 37 y 38, expone que "los derechos humanos son tan importantes que se sitúan fuera del mercado y de los alcances de la política ordinaria. Esto significa que no puede existir una justificación colectiva que derrote la exigencia que se puede derivar de un derecho fundamental"; luego dice "Esto significa que, frente a un derecho humano, no pueden oponerse conceptos como el de "bien común", "seguridad nacional", "interés público", "moral ciudadana", etcétera. Ninguno de esos conceptos tiene la entidad suficiente para derrotar argumentativamente a un derecho humano... Ni siquiera el consenso unánime de los integrantes de una comunidad puede servir como instrumento de legitimación para violar un derecho fundamental".
En México, la seguridad social es un derecho fundamental (que es una facultad reconocida a un individuo (o colectividad) por la ley suprema vigente que permite realizar o no ciertos actos y que está protegido por medios jurisdiccionales respecto del Poder Publico del Estado y las demás Personas) reconocida en nuestro Constitución Política en sus artículos 4o y 123.
Entonces, ¿por qué si la seguridad social es un derecho fundamental, no ha logrado su propósito, es decir, que toda persona tenga un nivel de vida adecuado que le asegure una vivienda, asistencia médica, servicios sociales necesarios, seguros en caso de desempleo, enfermedad, invalidez, viudez o vejez?
De aquí pueden surgir muchas y muchas preguntas. A mi las que me vienen a la mente en este momento (por decir algunas) son: ¿el nuevo sistema de pensiones asegura un nivel de vida adecuado? ¿los trabajadores que tienen una cuenta individual saben en que se invierte su dinero?, ¿el monto que pagan por comisiones? ¿conocen alternativas para vivir una vejez económicamente tranquila?; ¿desde que edad debo ocuparme de asegurar el retiro?...
Así, alguna de las finalidades de este blog son: exponer aspectos de la seguridad social en México, la legislación, noticias, jurisprudencia... principalmente en lo que se refiere al ASPECTO DE LAS PENSIONES y al final, cada quien emitirá sus conclusiones.
Aunado a lo anterior, pretendo que este sea un medio que ayude a asesorar a los lectores sobre sus derechos pensionarios consignados en la legislación, su trámite, cálculo y cualquier aspecto que quieran conocer.
Nos vemos en el siguiente.
*Casas Patiño, Donovan y/o. "La caída de la Seguridad Social en México: caso IMSS", medigraphic.org.mx. Página web